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Alianza de Mujeres Tejedoras de Vida Putumayo

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Aura y el Acoso Laboral

#NoEstásSola

AURA Y EL ACOSO LABORAL

*Este material fue realizado gracias al apoyo del Programa de Justicia para una Paz Sostenible de USAID.

Aura ha vivido a diario en su trabajo insinuaciones sexuales por parte de su jefe. Esta conducta que viven muchas mujeres como Aura es un delito de acoso sexual y está sancionada por la Ley 1257 de 2008 en Colombia. El acoso laboral (o mobbing, en inglés) es una realidad cada vez más reconocida, aunque todavía puede resultar difícil de identificar por la variedad de características que puede llegar a presentar en el entorno laboral.

El acoso laboral es un fenómeno que se da en el lugar de trabajo, y en el que un individuo o varios ejercen violencia psicológica de manera sistemática y repetida sobre otro individuo o individuos, durante un periodo de tiempo prolongado. Los acosadores pueden ser compañeros de trabajo, superiores o subordinados, y este comportamiento puede afectar a trabajadores de cualquier tipo de empresa. Sin embargo, muchos estudios muestran que las mujeres están en especial riesgo de violencia en el medio laboral. De hecho, un trabajo de investigación de la Fundación Europea para la Mejora de Vida y de las Condiciones de Trabajo encontró que las mujeres están significativamente más expuestas al acoso laboral que sus compañeros hombres. La diferencia era aún mayor en el acoso sexual, donde las mujeres declaraban por encima de tres veces más que los hombres, haber sufrido acoso sexual en el último año. En Colombia, las investigaciones sobre este fenómeno todavía son escasas, pese a la “sospecha” de que el fenómeno podría alcanzar mayores dimensiones. Uno de los estudios que trató de dimensionar el fenómeno se realizó en 2004 por parte del Ministerio de Salud y Protección Social y concluyó que las cifras de acoso laboral duplicaban a las europeas para el año 2000. Según el estudio, el 20% de los trabajadores encuestados colombianos estaban expuestos al acoso laboral.

El acoso laboral de los trabajadores está prohibido por la ley y el empleador tiene la obligación de adoptar medidas preventivas y correctivas para hacer frente a problemas de acoso en el lugar de trabajo. El delito de acoso laboral incluye también cualquier conducta capaz de ofender o amenazar la dignidad, la vida, la integridad física o la libertad sexual de cualquier persona en su entorno de trabajo. Es decir, acoso sexual. Éste se suele presentar en la forma de insinuaciones sexuales, solicitud de favores sexuales u otros contactos verbales o físicos de naturaleza sexual no deseados ni queridos que crean un ambiente hostil u ofensivo.

Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), “El acoso sexual está íntimamente ligado con el poder y con frecuencia se lleva a cabo en sociedades que tratan a las mujeres como objetos sexuales y ciudadanos de segunda clase“. Un ejemplo común de esto es cuando a las mujeres se les piden favores sexuales a cambio de un trabajo, un ascenso o un aumento. Otro ejemplo es el acoso en la calle, que puede abarcar desde silbidos a lenguaje desagradable y ofensivo, chistes sucios y también el abuso sexual y la violación. Todas estas formas constituyen acoso sexual, una forma de violencia de género sistemática y muy extendida en Colombia. Si estás en esta situación o conoces a alguien que lo está, no esperes a que sea demasiado tarde. ¡Denúncialo y haz valor tus derechos! La Alianza de Mujeres Tejedoras de Vida te ayudará en todo el proceso de romper con el ciclo de las violencias de género.

#NoEstásSola #NoTeCalles

 

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Alianza de Mujeres Tejedoras de Vida del Putumayo

www.alianzatejedorasdevida.org

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